domingo, 4 de septiembre de 2011

CÓDIGO CANÓNICO

CODIFICACIÓN DEL DERECHO CANÓNICO
Código de 1917
Debido a la dificultad para la determinación del Derecho Vigente se hizo necesario la existencia de un único texto legal que reuniera de forma unitaria y sistemática el mismo Derecho, por ello tras la Revolución Francesa; el movimiento codificador del Siglo XIX, llego también al Derecho Canónico.
El Derecho Canónico deja de ser un orden para el mundo y se limita al orden interno de la Iglesia. Esto motivo que la relación entre Derecho de los Estados y de la Iglesia se realizaran mediante pactos y concordatos como solución a problemas de materias mixtas y asegurar la libertad de acción de la Iglesia en los Estados.
Por la necesidad del texto legal, los obispos se convocaron al Concilio Vaticano I, el cual inicio sus trabajos en 1969, que no se llevo a cabo por su interrupción en 1970, los obispos debían manifestar su deseo de que se codificara el Derecho Canónico para así hacer un cuerpo legal unitario.
Pio X, el 19 de marzo de 1904, establece una comisión encargada de llevar a cabo los trabajos de codificación y que entre los canonistas destaca por su prestigio Pietro Gasparri.
Posteriormente se nombro una comisión Pontificia precedida por Gasparri, encargada de examinar los cánones y repartir ejemplares del código a los obispos antes de su promulgación, para que hicieran observaciones.



El nuevo código de derecho canónico fue promulgado por el papa Benedicto XV el 27 de mayo de 1917 entrando en vigor el  19 de mayo de 1918.
Se convierte en un texto legal unitario, que aunque no corresponda a una legislación nueva tiene su vigencia en a medida en que haya sido incorporado al Código.
El Código recoge mediante cánones, el derecho vigente hasta entonces, con correcciones y sin dejar de introducir modificaciones
.Este código solo obligaba a la Iglesia Latina,   no para la Iglesia Oriental.
Dicho código fue redactado en latín y contenía 2414canones (reglas o artículos) dividido en 5 libros:

**Libro 1: Normas Generales (de 1 a 86)

**Libro 2: De las Personas (de 87 a 725)

**Libro 3: De las Cosas (de 726 a 1551)

**Libro 4: De los Procesos (de 1552 a 2194)

**Libro 5: De los Delitos y de las Penas (de 2195 a 2414).

El  Códex ha sido durante años un excelente instrumento de disciplina del Clero, una guía clara para la actividad de la organización eclesiástica y una base solida para encabezar los instrumentos de la actividad pastoral de la iglesia.

Pero debido a la cantidad de enmiendas, la falta de concordancia con las nuevas exigencias del mundo y la Iglesia hizo  muy complicado dicho Código.  
Por lo que de acuerdo con la asamblea del Sínodo 1967, diez principios se emprendieron para hacer necesaria la reforma:



1.- Naturaleza Jurídica
2.-  Fueros Interno y Externo
3.- Función Pastoral
4.- Facultades Especiales
5.- Principio de Subsidiariedad
6.- Tutoría de los Derechos de las Personas
7.- Mecanismos de Derechos Subjetivos
8.- Ordenamiento Territorial
9.- Revisión del Derecho Penal
10.- Sistematización











































Concilio Vaticano II

El papa Juan XXIII propone el 25 de enero de 1959 una reforma al código.
Abrió sesiones dl Concilio en 1962. Se celebro a lo largo de 4 etapas.
La Iglesia Católica moderniza su sistema jurídico legal con los dos códigos, en un principio de unidad y universalidad.

Un principio de unidad y universalidad como ha sido la intención firme de Juan Pablo II, reafirmando el derecho de cada persona a escoger libremente la religión.
Se aprobó un total de 16 documentos:
** 4 constituciones
**9 decretos
**3 declaraciones.
Las constituciones tratan: 1.-Sobre la Iglesia 2.-Sobre la Revelación 3.- De la reforma litúrgica 4.-Representa la reflexión de las relaciones de la Iglesia con el mundo contemporáneo.
Los decreto tienen como objeto:
1.-función de los Obispos 2.-El ministerio y vida de sacerdotes. 3-.Formación de los sacerdotes. 4.- Renovación de la vida religiosa. 5.- El apostolado de los laicos. 6.- Las iglesias orientales católicas. 7.-La actividad misionera 8.-El Ecumenismo 9.- Medios de Comunicación Social.
Las declaraciones versan sobre:
1.-La  libertad Religiosa. 2.-La Educación Cristiana. 3.- Sobre relaciones de la Iglesia con las religiones no cristianas.
Finalmente el nuevo cuerpo normativo se promulga el 25 de enero de 1983.



Código de 1983


El código de 1983 rompe el esquema romanista y sigue otro en forma independiente.

A medida que se fueron desarrollando los trabajo, se vio que no bastaba con un reforma solamente y se necesitaba la redacción de un nuevo Código
El nuevo Código fue promulgado por Juan Pablo II el 25 de enero de 1983, el cual entro en vigor el 26 de noviembre de 1983.
Consta de 1752 cánones,  divididos en 7 libros: 1.- De las normas Generales (de 1 a 203)
2.- Del pueblo de Dios (de 204 a 746)

3.-De la Función de enseñar de la Iglesia (de 747 a 833)
4.-De la función de Santificar de la Iglesia (de 834 a 1253)

5.- De los bienes temporales de la Iglesia (de 1254 a 1310)
6.-De las sanciones en la Iglesia (de 1311 a 1399)

7.-De los procesos (de 1400 a 1752).
El aumento de libros proviene de la división en tres del antiguo Libro III del Código de 1917.



Bibliografía:  García Gárate, Alfredo, "Introducción al Estudio del Derecho Canónico", Ed. Dykinson, Madrid.
Tirapu, Daniel, Joaquín Mantecón, "Lecciones de Derecho Canónico",-Introducción y Parte General-, Ed. Comares, Granada 1994.
Rojano Esquivel, José Carlos, "El Derecho Canónico", Ed. Funda, México 2002. 

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